Plan de Previsión Asegurado

El Plan de Previsión Asegurado te permite ahorrar para la jubilación, con una rentabilidad garantizada y la mejor desgravación fiscal.

En entradas anteriores como la del día 2 de diciembre de 2016, titulada Ahorro para la Jubilación hemos comentado que para poder mantener el nivel adquisitivo tras la jubilación, debemos ahorrar para poder complementar la pensión que percibiremos de la Seguridad Social.

En esta ocasión traemos a estas líneas un producto estrella para el ahorro para la jubilación, el Plan de Previsión Asegurado, producto que conjuga en un solo producto la tranquilidad de una rentabilidad asegurada, con la desgravación fiscal más interesante en productos de ahorro finalista.

Los planes de pensiones son los productos más contratados para complementar la pensión pública de jubilación, dado que cuenta con la característica de que no pueden hacerse líquidos salvo en tres supuestos: invalidez, dependencia severa o fallecimiento. Sin embargo, para hacer más atractiva su contratación, y dar solución a situaciones de emergencia financiera, la legislación permite rescatar parcial o totalmente los derechos consolidados del plan de pensiones en tres supuestos excepcionales: enfermedad grave, paro de larga duración, en caso de desahucio.

Tras la reforma fiscal de año 2.015, los planes de pensiones se podrán hacer líquidos a partir del décimo años de su contratación, siempre que las aportaciones se hayan realizado después de este año. No obstante, se trata de un producto cuya finalidad es la de cobrarse a la hora de la jubilación y es en ese momento en el que se optimiza su ventaja fiscal.

En cuanto a su desgravación fiscal, indicar que el importe de las aportaciones realizadas a Planes de Previsión Asegurado, son deducibles de la base imponible del I.R.P.F. con el límite anual de 8.000 euros anuales o el 30% de los rendimientos netos del trabajo y de actividad económica. (Límite único y conjunto para todos los productos de previsión social con derecho a reducción en la base imponible). En el caso de que el cónyuge no perciba rentas superiores a 8.000 euros anuales, el contribuyente se podrá deducir hasta 2.500 euros de aportación a favor de su cónyuge.

Como hemos comentado, la rentabilidad de estos productos es garantizada, variando habitualmente por periodos comunicados con antelación. Como ejemplo, el Plan de Previsión Asegurado de la entidad Generali Seguros, garantiza un 3,25% de interés bruto, para el periodo 01-01-2017 a 30-06-2017.

Por último solo me queda recordarte, que antes de contratar un Plan de Previsión Asegurado, contactes con un asesor de seguro, el cual sabrá aconsejarte sobre las distintas opciones ofrecidas por las entidades aseguradoras, asesorándote sobre la que mejor se adaptan a tus necesidades.

Si quieres saber más sobre este seguro y solicitar un presupuesto sin compromiso, puedes hacerlo a través de nuestra página Web, en el siguiente enlace.

Plan de Previsión Asegurado
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