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La actual Ley de la Edificación, establece la obligación
que afecta a los promotores de viviendas, a contratar un seguro de daños materiales
(o seguro de caución), para garantizar, durante diez años, el resarcimiento de los
daños materiales causados en el edificio por vicios o defectos que tengan su origen
o afecten a la cimentación, los soportes, las vigas, los forjados, los muros de carga
u otros elementos estructura-
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les y que comprometan directamente la resistencia
mecánica y estabilidad del edificio.
Garantías básicas
Daños estructurales a la edificación
Gastos de salvamento.
Gastos de demolición y desescombro.
Garantías opcionales
Revalorización de suma asegurada y franquicia.
Impermeabilización de fachadas.
Renuncia de recurso contra Contratista Principal y/o
Subcontratista.
Renuncia de recurso contra proyectista y/o dirección
facultativa.
Disponemos de acuerdos con las principales aseguradoras del mercado español, en el seguro
Decenal de Daños a la Edificación, lo que nos permite ofertarle, en función de las características
de su obra, tarifas desde tan solo 5,8 € por cada 1000 € de valor de la edificación. (Impuestos
Incluidos)
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