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Decenal de Daños a la Edificación


La actual Ley de la Edificación, establece la obligación que afecta a los promotores de viviendas, a contratar un seguro de daños materiales (o seguro de caución), para garantizar, durante diez años, el resarcimiento de los daños materiales causados en el edificio por vicios o defectos que tengan su origen o afecten a la cimentación, los soportes, las vigas, los forjados, los muros de carga u otros elementos estructura-

les y que comprometan directamente la resistencia mecánica y estabilidad del edificio.

Garantías básicas

Daños estructurales a la edificación

Gastos de salvamento.

Gastos de demolición y desescombro.

Garantías opcionales

Revalorización de suma asegurada y franquicia.

Impermeabilización de fachadas.

Renuncia de recurso contra Contratista Principal y/o Subcontratista.

Renuncia de recurso contra proyectista y/o dirección facultativa.

Disponemos de acuerdos con las principales aseguradoras del mercado español, en el seguro Decenal de Daños a la Edificación, lo que nos permite ofertarle, en función de las características de su obra, tarifas desde tan solo 5,8 € por cada 1000 € de valor de la edificación. (Impuestos Incluidos)

Si desea mas información sobre este producto, cumplimente el cuestionario al que puede acceder desde el siguiente enlace y nos pondremos en contracto a la mayor brevedad:

Cuestionario Seguro Decenal de Daños a la Edificación

 
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